Rehabilitación legal de una moto

Junio 14, 2009 por RCscooter  
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Así rehabilité yo una moto dada de baja permanente por desguace hace 28 años.

Encontré el chasis pelado sin matricula pero con numero de bastidor en un desguace de Valencia, el motor en Soria, las ruedas en Jaén, el asiento en Bilbao, y el resto en Barcelona.

Este es el peor de los casos que se puede dar, y lo primero que hay que hacer es solicitar a Tráfico la matricula que pertenecía a ese numero de bastidor. Cuando ya tengo la matricula, pido de nuevo un informe del vehículo de esa matricula. Cuando te llega, se pueden leer los datos del último propietario:

  • Nombre y apellidos
  • DNI
  • Última dirección conocida
  • Marca y modelo de vehículo
  • Fecha de primera matriculación
  • Si fue denunciada o no por robo
  • Si fue retirada de la calle y dada de baja de oficio o el motivo por el que se dio de baja.

Con este informe y tu DNI solicitas la rehabilitación, y automáticamente te la rechazan por no coincidir el último propietario con el que pretende la rehabilitación. En necesario presentarlo así para provocar el rechazo de Tráfico y así poder utilizar sus propias normas.

Precisamente hay una norma que dice que cualquier persona que demuestre feacientemente ser el propietario de un vehículo podrá ponerlo a su nombre.

Hay varias formas de demostrar ser el propietario:

  • La primera, la factura oficial del chatarrero (cosa poco probable).
  • Otra forma seria localizar al dueño antiguo, que te firme un contrato de compra-venta y te facilite copia del DNI en vigor, cosa poco probable porque en general te piden dinero (o han fallecido, o ya no vive allí).
  • La última, que es la que yo utilizo es ir a un notario con 2 testigos (mi hijo y mi mujer, por ejemplo) y 4 fotos de la moto. Los testigos atestiguan que la moto es mía desde hace más de 4 años y que no la robé; que la compre en un desguace y que no me hicieron factura. El notario levanta acta y te cobra lo que corresponda (80€).

De nuevo mandas a Tráfico el informe que ellos emitieron, tu primera solicitud, su rechazo, tu nueva solicitud, tu DNI junto con su ley y el acta del notario.

Pasado mas de un mes, te llega la notificación de que se acepta y con esta notificación llega una carta para entregar a la ITV ordenando inspección para rehabilitación (es diferente a la ITV normal).

En mi carta dice que una vez pasada ITV, la propia ITV me dará una ficha técnica con el sello puesto. Con ésta ficha y un impuesto municipal del año en curso, debo presentar de nuevo todo lo anteriormente mencionado y ya emiten documentación nueva a mi nombre.

En la ITV, piden a industria las características técnicas de la moto para aplicarlas, osea que hay que ir dos veces. Cuando ya tienen eso, te miran la moto. Con un metro miden, alto, largo y ancho. Después, frenos, amortiguadores, luces, pito, ruido, etc, etc…

Siempre tengo los mismos problemas: la discusión por los intermitentes y la potencia de la luz de stop.

Con los intermitentes gano yo, ya que no los montaba de nueva; pero con la luz de stop salimos empatados, ya que no montaban, pero salió una ley obligando a ello.

Commentarios

2 comentarios en “Rehabilitación legal de una moto”
  1. ruben dice:

    Perdona, lo de la luz de freno, debe ir con el freno de pie y de mano, o solo con uno? es que estoy reabilitando una montesa impala y seguro que me piden algo de luz de freno aunque la moto sea del 60.

  2. Luis Enrique dice:

    Hola he rehabilitado una Lambretta 175TV, matriculada en el año 1964, dada de baja por su propietario en el año 1998, cundo fuí a pasar la ITV no la dieron de paso porque no tenía intermitentes, la solución que me dieron fue que las pusiera o que llevase un papel de tráfico en el que se informe que la baja fue realizada por trafico y no a solicitud del propietario, con ese papel me eximen de intermitentes.
    Si puedes decirme lo que tengo que hacer te lo agradería enormemente.
    Un saludo.

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